BECAS MATERIAL ESCOLAR CURSO 2026_2027

1.1. El objeto de estas bases es regir la convocatoria para el otorgamiento de ayudas por cuota de material escolar y licencia digital a los alumnos de enseñanza obligatoria, educación infantil, primaria y de segundo ciclo.

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas físicas, Personas jurídicas, Estudiantes y educación. Su ámbito territorial es ES511 - Barcelona. La gestiona AYUNTAMIENTO DE OLÈRDOLA.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • 1. Son requisitos para acceder a las ayudas del punto 1.1, las siguientes:
  • Que los menores estén escolarizados en centros educativos de carácter público.
  • Que toda la familia o unidad de convivencia que solicite la ayuda, esté empadronada en el municipio de Olèrdola.
  • Que tenga la condición de niño en situación socioeconómica desfavorecida, de acuerdo con lo que se establece en el Reglamento de Prestaciones Sociales del Ayuntamiento de Olèrdola, aprobado por el Pleno de 27 de junio de 2016.
  • No ser beneficiario de la ayuda de mochila escolar del departamento de educación.
  • 2. En el supuesto de que el cheque escolar de la Generalidad de Cataluña se haya empleado por la cuota de material escolar y licencia digital, este importe NO será objeto de esta subvención.
  • Importe máximo y partida presupuestaria: Se destina a la concesión de estas ayudas para el año 2026, el importe de 4.000,00 € con cargo a la aplicación 231-48004, sin necesidad de agotar este gasto máximo autorizado. El presupuesto máximo que se destinará será el establecido en la correspondiente convocatoria y de acuerdo con el vigente presupuesto del Ayuntamiento.
  • documentation
    1. Las solicitudes se tendrán que presentar mediante el formulario establecido por el Ayuntamiento debidamente cumplimentado. Se tendrá que presentar una solicitud por familia.
  • documentation
    2. Presentación solicitudes: El período de presentación de solicitudes empezará a partir del día siguiente de los 20 días hábiles transcurridos de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la web municipal y finalizará el 30 de septiembre de 2026 . Las solicitudes deben presentarse en el registro general del Ayuntamiento de Olèrdola (instancia específica anexo 1). Su presentación deberá realizarse principalmente por los medios telemáticos establecidos por la Ley 39/2015 y también por correo administrativo. La Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento podrá dar soporte telefónico a la presentación telemática de la misma, llamando al tel. 93 890.35.02 o bien enviando correo electrónico a olerdola@olerdola.cat. En caso de imposibilidad manifiesta de presentación telemática, el personal de la OAC dará cita al solicitante para poder hacerlo de forma presencial.
  • documentation
    3. A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación numerada tal y como se indica a
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    Fotocopia del NIF/NIE de la persona solicitante, así como de todos los miembros de la unidad familiar.
  • documentation
    Libro de familia (fotocopia de todas las páginas escritas)
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    Certificado bancario donde conste de forma clara el número de IBAN de la persona solicitante.
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    Extracto bancario de los últimos 3 meses de todas las personas convivientes mayores de 16 años.
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    Los 3 últimos recibos de alquiler y/o hipoteca donde resida la persona beneficiaría.
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    Las últimas 3 últimas nóminas o certificado que acredite su situación de desempleo de todas las personas mayores de 16 años de la unidad familiar (Certificado de prestaciones del SEPE).
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    Declaración de la renta del año 2025. En caso de no realizarla, será necesario presentar un Certificado negativo de Renta.
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    Certificado de prestaciones de la Seguridad social.
  • documentation
    Recibo de pago de la cuota de material y de la licencia digital o solicitud de informe de servicios sociales.
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    En el caso de unidades familiares en situación de riesgo social que están recibiendo apoyo de servicios sociales municipales y no pueden aportar el recibo correspondiente, podrán pedir, previa cita, al Equipo de Servicios Sociales un informe que justifique su situación para poder adjuntarla a la solicitud. En estos casos es necesario presentar con anterioridad al equipo de Servicios Sociales el certificado acreditativo del coste del material escolar de la persona beneficiaría, expedido por la escuela, haciendo constar expresamente el coste total del material y de la licencia digital, así como el nombre del alumno beneficiario/a.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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1.1. El objeto de estas bases es regir la convocatoria para el otorgamiento de ayudas por cuota de material escolar y licencia digital a los alumnos de enseñanza obligatoria, educación infantil, primaria y de segundo ciclo.