Personas físicasVivienda y alquilerES522 - Castellón / Castelló

Concesión de ayudas económicas para la rehabilitación y pintura de fachadas y cubiertas de casas y edificios de Nules, para el ejercicio 2026, aprobado por Resolución de Alcaldia nº 2026-3059

La subvención tiene por finalidad regenerar y embellecer los edificios en mal estado, para conseguir en última instancia la conservación óptima de los mismos (se entiende: primero, rehabilitar y segundo, pintar)

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Vivienda y alquiler. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE NULES.

● Abierta

¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • El propietario o propietarios del edificio, usuarios o no del mismo.
  • Los inquilinos o arrendatarios del edificio o vivienda contando con la autorización por escrito del propietario.
  • Las comunidades de propietarios del edificio, sean o no usuarios de las viviendas.
  • Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento El órgano competente para la instrucción del expediente es la Alcaldia. A este le corresponde la designación de una mesa de valoración formada por técnicos municipales. Éste solicitará cuantos informes estime necesarios para resolver, así como evaluar las solicitudes que se presenten en tiempo y forma, todo ello de conformidad con el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 14 de noviembre, General de Subvenciones. El órgano competente para resolver será la Junta de Gobierno Local. Codi Validació: 6XLCWPXT37MK35XPPXP7AP3Y9 Verificació: https://nules.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 3 de 6
  • Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el plazo de presentación de la documentación será el comprendido entre el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín oficial de la provincia y el día 15 de octubre del 2026.
  • Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
  • Documentación acreditativa e identificativa del solicitante y, en su caso, de su representante legal,
  • DNI, en caso de persona física.
  • En el caso de asociaciones, organizaciones sin ánimo de lucro, fundaciones, sociedades, comunidad de bienes, cooperativas y formas asimiladas se deberá aportar la escritura de constitución/estatutos, y acreditación de la inscripción en el Registro Mercantil o registro correspondiente, así como la tarjeta de identificación fiscal.
  • DNI del representante legal y de los poderes actualizados que acrediten su representación.
  • Documentación que acredite la condición de beneficiario: escritura de propiedad o Nota Simple Informativa del Registro de la Propiedad, contrato del alquiler y autorización del propietario, si la solicitud la formulan los arrendatarios o inquilinos, y documento que acredite la representación si se actúa por cuenta ajena.
  • Licencia de Obras municipal para la rehabilitación o mejora de la fachada y cubierta, en su caso.
  • Justificante del pago de las tasas de solicitud de licencias y del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), en su caso.
  • Autorización sellada por el Ayuntamiento de Nules de la realización de las fotografías pertinentes antes del inicio de la rehabilitación.
  • Presupuestos desglosados y detallados por partidas y precios unitarios. Además deberá aportarse proyecto técnico, en el caso de ser requerido por la naturaleza de la actuación.
  • Ficha de mantenimiento de terceros según modelo facilitado por el Ayuntamiento
  • Certificados de que el solicitante de la subvención se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y la Hacienda Municipal o autorización expresa al Ayuntamiento para que solicite los certificados en su nombre (autorización firmada en la solicitud). Codi Validació: 6XLCWPXT37MK35XPPXP7AP3Y9 Verificació: https://nules.sedelectronica.es/ Document signat electrònicament des de la plataforma esPublico Gestiona | Pàgina 4 de 6
  • Declaración jurada conjunta que engloba los siguientes términos a señalar en el impreso de solicitud:
  • Declaración de conocer y aceptar las bases de la presente convocatoria de ayudas.
  • Declaración responsable de no hallarse incurso en procedimientos de reintegro o sancionadores de subvenciones públicas.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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La subvención tiene por finalidad regenerar y embellecer los edificios en mal estado, para conseguir en última instancia la conservación óptima de los mismos (se entiende: primero, rehabilitar y segundo, pintar)