Convocatoria 2026 para la concesión de subvenciones para entidades que actúen en el ámbito de Cohesión social del municipio de Getxo línea 2: Proyectos de interés en el ámbito de la cohesión social, sublínea 2_A

El objeto de la convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones del año 2026, dentro de los límites establecidos en los presupuestos municipales, a aquellas entidades, asociaciones o fundaciones (en adelante entidades) con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que realizan actividades en el municipio de Getxo en materia de cohesión social en

En resumen: Está orientada a Entidades sociales, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES213 - Bizkaia. La gestiona AYUNTAMIENTO DE GETXO.

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Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • Estar registradas como entidades en el registro público que les corresponda con al menos 1 año de antigüedad a la fecha de aprobación de esta convocatoria.
  • Estar inscritas en el Registro de Entidades de Getxo, todas aquellas entidades que tengan sede o delegación en el municipio.
  • Desarrollar actividades en el ámbito de la Cohesión Social.
  • Las entidades beneficiarias tienen derecho al cobro de la cantidad concedida en los términos y condiciones establecidos en la convocatoria y en la resolución de concesión. Deberán asimismo cumplir con las obligaciones del art. 10 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Getxo y sus Organismos Autónomos.
  • Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización del proyecto o programa previsto.
  • No modificar el programa para el que se concedió la subvención, sin la previa conformidad del Área de Cohesión Social.
  • Facilitar las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la subvención concedida que estime oportuno el Área de Cohesión Social.
  • Justificar la subvención y conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante 4 años.
  • Hacer constar en la publicidad y en los actos de comunicación que el proyecto, programa o actividad se realiza con la co laboración del Ayuntamiento de Getxo (mediante uso del logotipo bajo el epígrafe de colaborador).
  • Utilizar en toda la documentación, publicidad, imagen o materiales un lenguaje inclusivo, no sexista ni discriminatorio.
  • Evitar en toda la documentación y publicidad cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y/o racistas , y fomentar una imagen con valores de igualdad e interculturalidad.
  • Aplicar los criterios de normalización lingüística en la publicidad y la comunicación relacionadas con el proyecto, programa o actividad de manera que toda la cartelería, publicidad y comunicaciones relacionadas con la subvención sean bilingües.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividade s subvencionadas tan pronto como se conozcan, y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Getxo y Hacienda Pública (Foral o Estatal), así como con la Seguridad Social, tanto en el momento anterior a la concesión, como con carácter previo al pago.
  • Utilizar un lenguaje e imágenes inclusivas, no sexistas ni discriminatorias ni que reproduzcan roles de este tipo.
  • Recoger en las memorias justificativas la información desagregada por sexo, así como el porcentaje respecto al total, tanto del número de componentes que constituyen la entidad como de las y los participantes que se hayan inscrito en las actividades realizadas por la misma, con el fin de conocer su impacto social. Es obligación de las entidades beneficiarias cumplir las obligaciones impuestas durante todo el plazo de vigencia de la subvención, a contar desde el último día de plazo de presentación de la so licitud. En caso de incumplimiento de dichas obligaciones, incluyendo aquellas en materia de igualdad, el Ayuntamiento de Getxo podrá requerir la adopción de medidas correctoras y, en su caso, reducir o revocar la subvención concedida.
  • documentation
    Será necesario aportar a través de la Oficina de Administración Electrónica:
  • documentation
    solicitante se oponga a ello, certificado emitido por la Hacienda Foral de Bizkaia o cualquier otra Hacienda Pública foral o estatal y por la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Foral de Bizkaia o con cualquier otra Hacienda Pública foral o estatal, así como con la Seguridad Social. En caso de expresar tal oposición, la entidad tendrá que aportar dicha
  • documentation
    Fotocopia del C.I.F. de la entidad;
  • documentation
    Fotocopia de los estatutos de la entidad;

Gastos y actuaciones

  • Artículo 7: GASTOS SUBVENCIONABLES Y NO SUBVENCIONABLES · eligible
    Se consideran gastos subvencionables, aquellos que de manera enequívoca resulten estrictamente necesarios para la ejecución de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en las resoluciones de concesión de las subvenciones. Se podrá imputar hasta un 100% de la subvención concedida a gastos de personal. El porcentaje máximo para imputar a gastos indirectos en la línea 2 será del 5%, y habrá de hacerse de acuerdo con los principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida en que tales costes correspondan al período en que efectivamente se realiza la actividad. Tendrán la consideración de gastos directos aquellos que pueden identificarse específicamente con una actividad o proyecto concreto. Se trata de costes directamente asociados a la realización de la actividad específica subvencionada, como son los honorarios del personal contratado específicamente para la ejecución del proyecto, los materiales didácticos y/o específi cos utilizados exclusivamente en la actividad subvencionada, el equipamiento adquirido para el desarrollo de la actividad subvencionada, los seguros

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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El objeto de la convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones del año 2026, dentro de los límites establecidos en los presupuestos municipales, a aquellas entidades, asociaciones o fundaciones (en adelante entidades) con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que realizan actividades en el municipio de Getxo en materia de cohesión social en