Convocatoria de subvención destinada para Ayuda al desplazamiento a competiciones deportivas oficiales de carácter nacional e internacional dentro del periodo comprendido entre el 1 de junio de 2026 al 31 de agosto de 2026

Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión de Consejería Insular de Cultura, Museos y Deportes Consejería con Delegación en Deportes Servicio Administrativo de Deportes Código Seguro De Verificación 1X5619tga4m-RSta7_eo8A Estado Fecha y hora Firmado Por María Yolanda Moliné Rodríguez - Consejera con Delegación En Deportes Firmado 26/08/2026 09:38:52 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/1X5619tga4m-RSta7_eo8A Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 1/7

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Personas jurídicas. Su ámbito territorial es ES709 - Tenerife. La gestiona CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • documentos que deben acompañar la solicitud.
  • Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que regulan las presentes bases:
  • LOS CLUBES DEPORTIVOS TINERFEÑOS, debidamente inscritos en el Registro de entidades Deportivas de Canarias.
  • LAS FEDERACIONES CANARIAS O INSULARES DE TENERIFE , inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias, siempre que éstas últimas acrediten que ostentan personalidad jurídica propia. En el caso de Federaciones Canarias, únicamente serán beneficiarias las personas deportistas con residencia en Tenerife.
  • DEPORTISTAS INDIVIDUALES, residentes en Tenerife, incluyendo los menores de edad y personas con discapacidad igual o sup erior al 33%, que participen en competiciones deportivas oficiales a título individual y que ostenten la condición de residentes en la fecha de realización del desplazamiento a subvencionar. No podrán ser personas beneficiarias de la convocatoria de subvenciones destinadas a los clubes deportivos de la isla de Tenerife que participen en categorías absolutas de competiciones oficiales no profesionales de ámbito nacional, temporada 2025/2026 y 2026/2027, para los desplazamientos correspondientes al obje to subvencionado en la misma (liga regular u ordinaria, así como competición europea).
  • Superior de Deportes haya calificado como tal. Esto es: i. Liga Nacional de Fútbol Profesional – LaLiga ii. Asociación de Clubes de Baloncesto – ACB iii. Liga Profesional de Fútbol Femenino – LPFF iv. Liga Profesional de Clubes Españoles de Balomnano – ASOBAL c. Las entidades deportivas no inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias. d. Aquellas personas que estén incursas en alguna de las causas prevista s en el art.13.2 LGS. La documentación a presentar por los solicitantes será la prevista en el Anexo II de las Bases.
  • Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife que se adjunta como ANEXO I de las Bases que rigen la presente convocatoria, siendo el plazo de presentación desde el 2 DE SEPTIEMBRE DE 2026 AL 22 DE
  • Criterios de valoración y baremación de las solicitudes. Para la concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases, siempre que se cumplan los requisitos exigidos y no se incurra en ninguna de las causas de exclusión expresamente
  • Módulo Nacional: 70 € Desplazamiento realizado a competiciones oficiales celebradas en territorio nacional (Península, Baleares, Ceuta y Melilla) Desplazamiento entre las islas Canarias (fuera de Tenerife) para la participación en fases finales de Campeonatos de España de Europa o del Mundo.
  • Módulo Internacional: 100 € Desplazamiento realizado a competiciones oficiales celebradas en países extranjeros.
  • documentation
    1. Se establece un máximo de 18 desplazados subvencionables por equipo (incluyendo personal técnico y/o delegado) , siempre que los mismos figuren en el acta de competición correspondiente al desplazamiento efectuado. Si el personal técnico y/o delegado no estuviera recogido en actas, el máximo subvencionable será de dos (2). Deberán acreditar su desplazamiento a través de tarjetas de embarque, billetes de avión o factura de hospedaje nominativa. La suma del personal técnico y/o delegado subvencionado, figuren o no en acta, nunca podrá sup erar el número máximo de cuatro (4).
  • documentation
    2. Para el caso del deporte adaptado por equipo , siempre que no se supere el citado límite máximo de 18 desplazados, se computará a un acompañante por cada dos deportistas desplazados, no teniendo que figurar los acompaña ntes en el acta de competición. En caso de que estos acompañantes no se encuentren recogidos en el acta de competición, deberá acreditarse su desplazamiento a través de tarjetas de embarque, billetes de avión o facturas de hospedaje nominativa.
  • documentation
    3. En el caso de competiciones que exista una clasificación por clubes y aquellas por equipos/clubes/federación aun participando los deportistas de manera individual, deberá ser presentada la solicitud por el club o la federación para cada desplazamiento. En ningún caso serán subvencionables los desplazamientos que realicen dos equipos del mismo club con la misma categoría y género que acudan a la misma competición.
  • documentation
    4. En el caso de competiciones deportivas individuales, cuando representados de un mismo club acudan en masa (5 o más deportistas) a una misma competición, la solicitud deberá ser presentada por el club o federación. Si el personal técnico y/o Código Seguro De Verificación 1X5619tga4m-RSta7_eo8A Estado Fecha y hora Firmado Por María Yolanda Moliné Rodríguez - Consejera con Delegación En Deportes Firmado 26/08/2026 09:38:52 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/1X5619tga4m-RSta7_eo8A Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 4/7
  • documentation
    delegado no estuviera recogido en actas, el máximo subvencionable será de dos (2). Deberán acreditar su desplazamiento a través de tarjetas de embarque, billetes de avión o factura de hospedaje nominativa. La suma del personal técnico y/o delegado subvencionado, figuren o no en acta, nunca podrá superar el número máximo de cuatro (4).
  • documentation
    5. En caso de haber categoría masculina y femenina, el club o federación podrá presentar por separado una solicitud para la categoría masculina y otra para la femenina.
  • documentation
    6. En el caso de deportistas individuales, que estén vinculados a un club o federación, y asistan a una competición individual, cuando los gastos del desplazamiento sean sufragados por el club o federación, la solicitud podrá ser presentada por éstos.
  • documentation
    1. Deportistas que compitan a título individual, se le tendrá en cuenta, a efectos de la subvención, el desplazamiento del deportista y de un técnico. Un total de 2 personas.
  • documentation
    2. En el caso de que el deportista sea menor de edad, será objeto de la s ubvención el deportista, el técnico y, además, un único acompañante (padre, madre, tutor, etc.). Un total de 3 personas.
  • documentation
    3. En el caso de deportista con discapacidad se le tendrá en cuenta, a efectos de la subvención, el desplazamiento del deportista, de un técnico/a y, en su caso, de un/a asistente. Un total de 3 personas.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión de Consejería Insular de Cultura, Museos y Deportes Consejería con Delegación en Deportes Servicio Administrativo de Deportes Código Seguro De Verificación 1X5619tga4m-RSta7_eo8A Estado Fecha y hora Firmado Por María Yolanda Moliné Rodríguez - Consejera con Delegación En Deportes Firmado 26/08/2026 09:38:52 Url De Verificación https://sede.tenerife.es/verifirma/code/1X5619tga4m-RSta7_eo8A Normativa Este informe tiene carácter de copia electrónica auténtica con validez y eficacia administrativa de ORIGINAL (art. 27 Ley 39/2015). Página 1/7