Personas físicasES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Subvención para el tratamiento Petö a menores de 16 años durante 2025-2026

Las subvenciones se dedicarán a cubrir, total o parcialmente, el gasto efectuado entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 20 26, ambos inclusive, para la aplicación del tratamiento rehabilitador con el método Petö, a personas menores de 16 años que padezcan parálisis cerebral o trastornos neurológicos afines. La actividad se realizará en centros autorizados para la realización de actividades sanitarias y será impartida por profesionales con la titulación requerida. La finalidad de utilidad pública de las ayudas es el apoyo a las necesidades de tratamiento de estas y estos menores.

En resumen: Está orientada a Personas físicas. Su ámbito territorial es ES22 - COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. La gestiona DEPARTAMENTO DE SALUD.

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¿Puedes solicitar esta ayuda?

Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

  • Podrán obtener la condición de personas beneficiarias quienes reúnan los siguientes
  • Tener un diagnóstico de parálisis cerebral o proceso neurológico afín emitido por un o una profesional neuropediatra.
  • Ser menor de 16 años en el momento de recibir la intervención terapéutica.
  • Que la conveniencia del tratamiento haya sido indicada por un o una profesional neuropediatra.
  • Residir de forma estable en Navarra, entendiéndose como tal la residencia efectiva de la persona beneficiaria en la Comunidad Foral de Navarra durante al menos un año con anterioridad a la fecha de finalización de plazo del periodo subvencionable, establecida en el 30 de septiembre de 2026. En menores de un año de edad, la residencia efectiva deberá serlo desde el nacimiento. Estarán exentas de este requisito las personas solicitantes de asilo y las pertenecientes a su unidad familiar conforme a lo que establezca la resolución de concesión del derecho de asilo o de la protección subsidiaria por extensión familiar.
  • No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el
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    Fotocopia del DNI, NIE o documento identificativo de la persona beneficiaria.
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    Certificado de empadronamiento en la Comunidad Foral de Navarra con indicación de la fecha de antigüedad actualizada (expedido como máximo tres meses antes de la presentación de la solicitud) o, en su caso, resolución de concesión del derecho de asilo.
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    Inf orme médico con diagnóstico expreso de daño cerebral adquirido y/o proceso neurológico afín, emitido por un o una profesional en neuropediatría, que incluya juicio clínico y que especifique la conveniencia del tratamiento. En el caso de padecer una patología neurológica afín, el informe deberá contener de forma detallada la sintomatología que acredite dicha afinidad. En el supuesto de que dicho informe hubiese sido aportado con anterioridad para la misma subvención, sólo deberán presentarse nuevos informes si los hubiera.
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    Informe realizado por el o la profesional que ha impartido el tratamiento, indicando la descripción del mismo y la evaluación de los resultados obtenidos incluido en el período de la ayuda solicitada. En el supuesto de que la persona qu e lo indique y realice sea la misma, podrá emitirse un único informe.
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    Documentación acreditativa de la representación, en su caso.
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    Copia del Libro de Familia completo o certificación de nacimiento, acompañada del DNI/NIE del progenitor que ostente la patria potestad.
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    En supuestos de nulidad, separación o divorcio: sentencia judicial de divorcio y convenio regulador ratificado, donde se acredite la atribución de la guarda y custodia. En estos casos, se aportará el DNI/NIE del progenitor custodio.
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    En caso de tutela o representación legal: en defecto de patria potestad, resolución judicial o administrativa que acredite el nombramiento de tutor/a, o el documento que otorgue la representación legal o el acogimiento del menor.
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    Certificado de titularid ad bancaria o solicitud de abono por transferencia. Si fuese la primera vez que se solicita una subvención al Gobierno de Navarra o se modificase la cuenta bancaria en la que se han consignado subvenciones anteriores, debe adjuntar el impreso de “solicitud de abono por transferencia”, a su disposición en la página web del Gobierno de Navarra,
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    Justificación del gasto realizado con facturas en las que consten, al menos, los
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    Nombre y apellidos de la persona beneficiaria.
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    Empresa, entidad o profesional que haya impartido el tratamiento o presta el servicio.
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    Tratamiento recibido, señalando al menos el nombre de la persona que recibe el tratamiento, número de sesiones impartidas, periodicidad y duración.
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    Comprobante del pago realizado.

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

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Las subvenciones se dedicarán a cubrir, total o parcialmente, el gasto efectuado entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 20 26, ambos inclusive, para la aplicación del tratamiento rehabilitador con el método Petö, a personas menores de 16 años que padezcan parálisis cerebral o trastornos neurológicos afines. La actividad se realizará en centros autorizados para la realización de actividades sanitarias y será impartida por profesionales con la titulación requerida. La finalidad de utilidad pública de las ayudas es el apoyo a las necesidades de tratamiento de estas y estos menores.