SUBVENCIÓN POR CONCURRENCIA COMPETITIVA CONCURSO BENICÀSSIM BELLE ÉPOQUE 2026 - FOTOGRAFÍA.

Comercio, Turismo y Pymes

En resumen: Está orientada a Personas físicas, Comercio, Hostelería y turismo. Su ámbito territorial es ES522 - Castellón / Castelló. La gestiona AYUNTAMIENTO DE BENICASIM/BENICÀSSIM.

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Comprobación preliminar para orientarte; no sustituye la lectura de las bases reguladoras.

Qué necesitas

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    Fotografía en formato jpg/jpeg, con una resolución mínima de 10 Megapíxeles en modo RGB o blanco y negro, y un peso máximo de 10 MB (Megabytes) por archivo.
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    Solicitud de participación , (una por cada fotografía, hasta un máximo de 3) que Cód. Validación: 529JHHWRJACNXRTSF3PFKWP5Y Verificación: https://benicassim.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 12
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    Ajuntament de Benicàssim incluirá teléfono de contacto, correo electrónico, título de la fotografía, fecha y lugar de realización de la obra, y declaración responsable de que es autor de la obra presentada y de que ésta es original. Deberá utilizarse para ello el modelo que se acompaña en las presentes bases como ANEXO I. La inscripción al concurso comportará e incluirá la declaración expresa de la persona solicitante de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, así como por reintegro de subvenciones y de no encontrarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art.
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    2. de la Ley General Tributaria. Igualmente implicará, s alvo manifestación expresa en contrario, la autorización para recabar de cualquier Administración Pública, y/o entidad pública o privada, cuantos datos sean necesarios para comprobar o verificar el cumplimiento, por parte de l beneficiario, de los requisitos para acceder a l premio objeto de las presentes bases. Asimismo, implicará el conocimiento y aceptación de las presentes bases reguladoras, así como de la cesión que se realice a favor de otras Administraciones Públicas de los datos contenidos en la misma y, en su caso, la de los relativos al premio concedido a los efectos de estadística, evaluación y seguimiento. Los trabajos que se remitan con posterioridad al 13 de septiembre de 2026 no serán admitidos.
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    Originalidad de la obra y creatividad.
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    Representación de los valores del evento Benicàssim Belle Époque , la arquitectura de las Villas o la temática de la edición en curso. El jurado se reserva el derecho de dejar desierto el premio si considerase que ninguna Cód. Validación: 529JHHWRJACNXRTSF3PFKWP5Y Verificación: https://benicassim.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 12
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    Un primer premio por una cuantía de 400,00 €
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    Un segundo premio por una cuantía de 200,00 € Se entregarán cuantas menciones de honor considere el jurado sin asignación económica. El premio conllevará la cesión al ganador de una sala municipal, en función de la disponibilidad y calendario, para una exposición monográfica con una duración máxima de un mes, cuyas fechas se concretarán con el autor de la obra ganadora. El importe del premio concedido será abonado tras el acuerdo de concesión del mismo que será notificado al interesado. El pago del premio se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por el beneficiario. Para el cobro del premio será necesaria la presentación de la siguiente documentación a través del registro de entrada del Ayuntamiento de Benicàssim, de forma presencial o a través de la sede electrónica: https://benicassim.sedelectronica.es/ , o en cualquiera de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
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    Copia del DNI del beneficiario.
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    Declaración responsable de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social, reintegro y no incursión en prohibición. (ANEXO II)
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    Ficha de terceros normalizada debidamente cumplimentada y firmada (descargable desde el enlace https://ayto.benicassim.es/wp-content/uploads/2021/10/nuevo-modelo- h.-terceros-2021.pdf) Igualmente los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Benicàssim , situación que determinará de oficio la propia Corporación municipal. El premio será intransferible y estará sometido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de acuerdo con la legislación vigente. La dotación económica tendrá la retención correspondiente, si fuese el caso, de conformidad con la legislación vigente. En el caso de celebrarse ceremonia de entrega de premios, se comunicará a los participantes con antelación para coordinar su asistencia. Cód. Validación: 529JHHWRJACNXRTSF3PFKWP5Y Verificación: https://benicassim.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 12
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    Aceptar el premio concedido, presentando en caso contrario la oportuna renuncia, al objeto de evitar el innecesario bloqueo de los fondos públicos.
  • Se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias. (según el art. 18 del RD 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la LGS) y con la Seguridad Social, así como de reintegro de subvenciones, teniendo en cuenta que la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con la Diputación Provincial de Castellón y sus entes dependientes se hará de oficio, mediante el oportuno certificado de la Tesorería provincial.
  • No incurre en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario a los que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Todo ello en los términos del art. 69 apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas*. * Ley 39/2015 art. 69.1: A los efectos de esta Ley, se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Firmado, en , a de de 2026. D./Dª Cód. Validación: 529JHHWRJACNXRTSF3PFKWP5Y Verificación: https://benicassim.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 12

Gastos y actuaciones

No se han derivado gastos elegibles con evidencia suficiente.

Documentos y trazabilidad

Origen del resumen

bdns_raw_data · raw_data.descripcionFinalidad

Comercio, Turismo y Pymes